domingo, 8 de marzo de 2009

¿¡Que la Ley no se Negocia!?


Ante la visita de Estado (previo fin de semana de paseo) del Presidente francés Nicolás Sarkozy (y de su espectacular Primera Dama, Carla Bruni) a nuestro país se han manifestado diversas opiniones en contra de una posible negociación de dicho mandatario por la extradición de la francesa Florence Cassez, presa en nuestro país por un secuestro cometido en 2005, so pretexto de que la extradición resultaría en que dicha indiciada recibiría un trato más benevolente cumpliendo su sentencia en su propio país del que recibiría en México. Eso es indiscutible; la cárceles francesas deben parecer hoteles de 5 estrellas comparadas con los muladares que el sistema carcelario mexicano tiene.

Me llama particularmente la atención lo declarado por María Elena Morera, ex presidenta de la organización civil México Unido contra la delincuencia, a quien una nota de prensa del viernes le atribuye haber dicho que "la justicia no es negociable, por lo que la francesa Florence Marie Cassez Crepin debe cumplir su condena en México", y que "entre gobiernos se pueden negociar muchas cosas pero no la justicia".

La señora Morera, sus allegados y su organización me merecen el mayor de los respetos por la noble labor que desempeñan y la valentía con que encaran por igual a autoridades que a delincuentes; sin embargo las manifestaciones anteriores me suenan a xenofobia y a un profundo desconocimiento de la ley, lo cual es particularmente grave viniendo de una organización que procura velar por su puntual, oportuna y correcta aplicación, pues indica ignorancia de disposiciones constitucionales relativas a las garantías individuales que, les guste o no, asisten a Madame Cassez en su proceso.

El artículo 18, párrafo séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos puntualmente establece que:

Los sentenciados de nacionalidad mexicana que se encuentren compurgando penas en países extranjeros, podrán ser trasladados a la República para que cumplan sus condenas con base en los sistemas de reinserción social previstos en este artículo, y los sentenciados de nacionalidad extranjera por delitos del orden federal o del fuero común, podrán ser trasladados al país de su origen o residencia, sujetándose a los Tratados Internacionales que se hayan celebrado para ese efecto. El traslado de los reclusos sólo podrá efectuarse con su consentimiento expreso.

Más aún, habiendo suscrito México el Convenio Sobre el Traslado de Personas Condenadas en 2007, dicho instrumento internacional le resulta aplicable al caso Cassez por virtud del artículo 14 de la propia Constitución, mediante el cual un ordenamiento que entre en vigor con posterioridad a un caso puede ser aplicado en todo aquello que beneficie al indiciado, como es el caso. Dicho de otro modo, las protestas que claman porque se niegue la extradición de Cassez a Francia, so pretexto de que la pasaría menos dura en su patria que cumpliendo su condena en México, desconocen del todo las garantías individuales que le asisten no sólo a ella, si no a todo indiciado en un procedimiento penal.

Por contra, la nación mexicana se rasga las vestiduras ante los casos de nuestros connacionales condenados en la Unión Americana, se mandan grandes juristas a ganar casos ante la Corte Internacional de Justicia, como el Caso Avena, pero por contra dentro de nuestro territorio se busca que pequemos de aquello que reclamamos.

Además, el comentario de la Sra. Morera muestra el desconocimiento de prácticas judiciales que incluso se siguen en otros países (y que hasta se ven en la tele y el cine), como los "plea bargains" en los casos penales en los estados unidos, mediante con tal de facilitar el procedimiento los fiscales de distrito (hagan de cuenta los procuradores de allá) le ofrecen a los reos la posibilidad de compurgar una pena menos extensa en tanto se declaren culpables de los hechos/delitos imputados. Además hay también "consent decrees", mediante los cuales en casos corporativos empresas acusadas de cosas como prácticas monopólicas, competencia desleal y demás negocian con el Departamento de Justicia una sentencia menos desfavorable en tanto acepten medidas que tiendan a impedir que vuelva a desplegar dichas conductas.

En resúmen, si bien la Sra. Cassez ha sido condenada por los tribunales mexicanos de haber cometido uno de los crímenes más deleznables y que más hieren a la sociedad mexicana hoy día, ello no obsta para que nuestro Ejecutivo Federal pudiera negociar con su homólogo galo la extradición de dicha mujer a su país de origen, y si Felipe Calderón lo aceptara no haría mal, pues Florence Cassez cuenta con la garantía individual de que así sea.

Basta de politizar y polemizar el derecho; hay que ponerse a estudiar.

2 comentarios:

  1. Roscoe

    de acuerdo con lo que señalas, tanto en el caso de la Sra. Morera como del procurador deberían conocer más de la legislación o contar con alguien que los asesore, creo que en realidad la única salida del gobierno federal es hacer la extradición pero aunque tiene la razón, comunicar a la población las razones constitucionales que tiene

    saludos

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  2. Gracias Adolfo; de verdad me preocupa en extremo el desconocimiento/ignorancia de la ley por parte de los más comprometidos con su cumplimiento.

    Además los tintes de xenofobia del asunto; mientras que se reclama el trato que se le da a nuestros paisanos en Estados Unidos, aquí quieren casi quemar en leña verde a la francesa, sin reparar en que están actuando por ella como nosotros lo hacemos por nuestros connacionales.

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